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lunes, 1 de mayo de 2017

UN BREVE RESUMEN DESDE 1978 EN ADELANTE.


   Una vez proclamada la Constitución de 1978 aparecieron las leyes que desde entonces hasta la actualidad han estado cambiando:
1990 LOGSE (Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo)
2002 LOCE (Ley Orgánica de Calidad de la Educación)
2006 LOE (Ley Orgánica de Educación)
Dichas leyes dividieron la etapa de Educación Infantil en dos ciclos, el primer ciclo desde 0 hasta 3 años y la segunda etapa desde 3 hasta 6 años, siendo obligatorio el estar formado por el título obtenido mediante el ciclo formativo de grado superior de educación infantil (educadores y educadoras infantiles) para trabajar en la primera etapa y la diplomatura de maestro/a de educación infantil para trabajar en ambas etapas.
La LOGSE sugirió impulsar la formación inicial del magisterio. En 1991 los diplomados en magisterio de Educación Infantil cursaron siete asignaturas comunes más otras siete de especialidad: Conocimiento del medio natural, social y cultural; Desarrollo de la Expresión Musical y su Didáctica; Desarrollo de la Expresión Plástica y su Didáctica; Desarrollo de Habilidades Lingüística y su Didáctica; Desarrollo del Pensamiento Matemático y su Didáctica; Desarrollo psicomotor; Literatura Infantil y el Prácticum mínimo de 320 horas.
La LOE de 2006 recuperó el carácter educativo del primer ciclo (0 – 3 años) que se perdió con la LOCE y reconoce la etapa de educación infantil como exclusiva para niños y niñas y no obligatoria.
A continuación el artículo 92 de dicha ley dedicado al profesorado:

“1. La atención educativa directa a los niños del primer ciclo de educación infantil correrá a cargo de profesionales que posean el título de Maestro con la especialización en educación infantil o el título de Grado equivalente y, en su caso, de otro personal con la debida titulación para la atención a las niñas y niños de esta edad. En todo caso, la elaboración y seguimiento de la propuesta pedagógica a la que hace referencia el apartado 2 del artículo 14, estarán bajo la responsabilidad de un profesional con el título de Maestro de educación infantil o Título de grado equivalente." 

"2. El segundo ciclo de educación infantil será impartido por profesores con el título de Maestro y la especialidad en educación infantil o el título de Grado equivalente y podrán ser apoyados, en su labor docente, por maestros de otras especialidades cuando las enseñanzas impartidas lo requieran.”

Quiero plasmar aquí, para terminar de recalcar lo importante que son los maestros y las maestras de Infantil, una imagen con un texto que encontré mediante Facebook que creó que define muy bien lo que son “las seños” de infantil y aunque este realizado dicho texto en femenino, quiero que tanto “los profes” como “las seños” os sintáis identificados, va por vosotros y por vosotras, por todo lo que se ha luchado a lo largo de la historia para que seamos reconocidos y reconocidas:




Por aquí os dejo la bibliografía para investigar más sobre el artículo escrito por Carmen Diego Pérez sobre el que he elaborado esta entrada (obviando mi última mención especial a la importancia de los maestros y las maestras):
 Diego C. (2013, 25 de Septiembre). La con-formación de la profesión de maestro en Educación Infantil. TABANQUE, Revista Pedagógica. Recuperado de:

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